1923 –  Cuestiones obreras / Sobre la Casa del Pueblo

La Almudaina

Palma 28 de Julio de 1923

 

Sr. Director de LA ALMUDAINA:

 

Muy señor mío: Espero de su amabilidad probada inserte en su diario las adjuntas líneas, encaminadas a deshacer errores que considero perjudiciales para la clase obrera organizada, errores que han sido dados a la publiciad por medio de su periódico bajo la firma del Secretario general de la Confederación Regional de Baleares Bartolomé Albertí y ostentando la representación de los Sindicatos “La Emancipación”, “Sindicato Textil”, de Transportes y Comité de la citada Confederación.

 

Se dice en el escrito objeto del presente que al ser invitadas las colectividades mencionadas para ingresar en la nueva Casa del Pueblo rechazaron la invitación porque dignamente ninguna entidad obrera puede pasar a la citada Casa del Pueblo a causa de las atribuciones absurdas que el reglamento otorga al Patronato de la misma, atribuciones que se consideran arcaicas y denigrantes para la clase trabajadora. Partiendo del supuesto de que todo ello fuese exacto, que no lo es, gran parte de culpa la tendrían la mayoría de las entidades que ahora protestan por cuanto, en escritura pública y mediante la firma de sus presidentes, debidamente autorizados, aceptaron los absurdos y denigraciones que según ellos figuran en el reglamento, pues hay que tener en cuenta que el Patronato no ha hecho más que recogerlas de la escritura de donación y estamparlas en el reglamento que ha de regir; y si así lo hizo fue porque entendió que no podía desvirtuar en nada las esencias de aquel documento notarial en el que consideró sagrados tanto la voluntad o condiciones impuestas por el donante del edificio como las firmas de las entidades que tales condiciones aceptaron sin la más leve protesta de nadie. Sépase pues, que de los cinco Sindicatos que protestan tres, el de la alimentación, el textil y el de transportes firmaron la escritura de donación del citado edificio aceptando las condiciones que en ella figuran y que al ser traspasadas al reglamento califican de denigrantes.

 

Pero hay que ver como se falta a la verdad a sabiendas. En el referido escrito de los sindicalistas se dice que “si el patronato se opone, el reglamento no podrá ser alterado”, lo cual queda completamente desvirtuado con sólo leeer las primeras líneas del artículo segundo del reglamento, que dicen asÍ: “Art. 2º  Este Reglamento podrá ser modificado si así lo acuerda el Patronato en unión de los presidentes de las Sociedades Obreras …” ¿Está claro?

 

Que el Patronato es el que ha de resolver las admisiones de entidades en el local siempre dentro del espíritu y letra de la escritura, como es natural, ¿quién ha de ser sino él que precisamente está nombrado para velar por el cumplimiento de los fines porque ha sido donado el local? ¿Qué el Patronato puede cometer la injusticia de rechazar algún Sindicato que pida albergue en la Casa?  Todo es posible en el mundo, pero si el Sindicato tiene derecho a ello y quiere hacerlo prevalecer por encima de las injusticias e equivocaciones del Patronato lo hará prevalecer. ¿No saben los sindicalistas protestantes que los derechos contraídos en escritura notarial no se atropellan así como sí?

 

En lo que respecta a los casos de urgencia “que se refieran al orden y buena administración del local” –dice el reglamento- ¿quién sino el Patronato, que representa la Junta de administración y gobierno de la Casa (no de los Sindicatos, entiéndase bien) puede resolverlos? ¿Acaso no los resuelve cualquier Comité de una Sociedad dentro su seno?

 

En un solo punto tienen razón los sindicalistas de cuanto dicen, y es el que se refiere a la sucesión de cargos del Patronato, pero siendo ello precepto de la escritura notarial. Sólo tiene remedio modificándola y ello es cosa que no está al alcance del Patronato, pues ha de ser don Juan March con el consentimiento de todos los que firmaron el documento. Sin embargo si lo que pretenden los sindicalistas es tener representación en el tantas veces referido Patronato, con renunciar a su favor los que hoy lo constituyen el problema está resuelto; por mi parte, y no lo digo con despecho, les cedo el puesto con ta de ver a todas las Sociedades Obreras albergadas en un local propio con completa libertad e independencia en su táctica e ideología, siempre dentro el principio de la lucha de clases.

 

Por último voy a permitirme dar un consejo a las sociedades obreras de la plaza de Mercadal. Y consiste él en suplicarles que no se dejen guiar por la pasión y que vuelvan a estudiar analíticamente el reglamente de la nueva Casa del Pueblo, en la seguridad de que si así lo hacen volverán de su acuerdo y pedirán el ingreso en la misma, pues tarde o temprano habrá de venir el desarme de los odios y la unidad obrera, para la cual sería un gran paso ir a convivir todos juntos en el hermoso local que acaba de construirse a este fin precisamente. Pensad que las trece Sociedades de la calle de Ballester, tan celosas de su dignidad como las vuestras, no tan solo se disponen a ingresar, si no que han cedido sus muebles y su dinero para el servicio común de la Casa del Pueblo.

 

¿Por qué no imitáis esta noble y generosa conducta en vez de hacer protestas sin fundamento ni consistencia?

 

Comprendo señor director que he abusado demasiado de su bondad y por ello le pido mil perdones su atto. S.s.q.e.s.m. Lorenzo Bisbal.- Presidente del Patronato de la Casa del Pueblo

 

 

La Almudaina

29/7/1923